Calculadora de finiquito e indemnización por despido

Rellena los datos de tu contrato y verás al instante, por separado, lo que te corresponde de indemnización y lo que te corresponde de finiquito. Gratis, sin registro y actualizado a la normativa vigente.

Tus datos

Usa el salario bruto, el de tu nómina antes de descuentos. Con 14 pagas se incluyen dos extras al año; con 12 las extras ya van repartidas cada mes.

Antigüedad: introduce las dos fechas.

No sé las fechas exactas: introducir años y meses

Al escribir aquí se usarán estos valores en lugar de las fechas. Ojo: sin la fecha de inicio no se puede aplicar el cálculo mixto de 45 días anterior a febrero de 2012.

Ver cómo se calcula el despido improcedente ↓

Para el finiquito

Los días del último mes se calculan solos a partir de la fecha de fin; puedes cambiarlos si tu nómina va de otra forma.

Completa el salario y las fechas para ver tu cálculo.

🔒 100 % privado — tus datos se calculan en tu propio dispositivo y no se envían a ningún servidor.

Cómo funciona en 3 pasos

  1. Pon tu salario bruto

    El de tu nómina antes de descuentos. Elige si es mensual o anual y cuántas pagas cobras al año: de ahí sale el salario diario regulador, la base de todo el cálculo.

  2. Indica las fechas del contrato

    Con la fecha de inicio y la de fin se calcula tu antigüedad exacta y, si tu contrato es anterior al 12 de febrero de 2012, se aplica automáticamente el cálculo mixto de 45 y 33 días.

  3. Elige el tipo de extinción

    Objetivo, improcedente, disciplinario, fin de contrato temporal o baja voluntaria. El resultado se actualiza solo, con el desglose de la indemnización y del finiquito por separado.

Tipos de despido y días de indemnización

Cada forma de terminar un contrato tiene su propia indemnización. Esto es lo que dice la ley en cada caso, y lo que aplica la calculadora de arriba.

Calculadora de finiquito por despido objetivo: 20 días por año

El despido objetivo es el que la empresa justifica por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, por ineptitud sobrevenida o por faltas de asistencia justificadas legalmente. La empresa debe entregarte una carta con la causa, preavisarte con 15 días y poner a tu disposición la indemnización en el mismo momento de la entrega.

20 días de salario por año trabajado, prorrateando por meses los periodos inferiores al año, con un tope de 12 mensualidades. Art. 53.1.b) del Estatuto de los Trabajadores.

Si el despido objetivo se declara improcedente en juicio, la indemnización sube a la del despido improcedente y se descuenta lo ya cobrado. Un despido objetivo bien pagado no impide reclamar: si la causa no es real, sigue siendo impugnable.

Calcular mi despido objetivo ↑

Indemnización por despido improcedente: calculadora de 33 y 45 días por año

Un despido es improcedente cuando la empresa no acredita la causa que alegó, o cuando incumple los requisitos formales. No se declara solo: lo reconoce la empresa o lo declara un juez tras tu demanda. Es la indemnización más alta y por eso conviene revisar siempre si el despido tiene defectos.

33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. Para los contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012, el tiempo trabajado hasta esa fecha se paga a 45 días por año y el posterior a 33: es el llamado cálculo mixto, y la calculadora lo aplica sola en cuanto pones una fecha de inicio anterior. Art. 56.1 ET y Disposición Transitoria 11ª ET.

El tope general es de 720 días de salario. Solo hay una excepción: si el tramo anterior a febrero de 2012 ya supera por sí solo esos 720 días, ese número mayor pasa a ser el tope, y nunca puede pasar de 42 mensualidades.

Si el despido se declara improcedente, la empresa elige entre readmitirte o pagarte la indemnización (salvo que seas representante de los trabajadores, donde eliges tú).

Calcular mi despido improcedente ↑

Despido disciplinario: 0 € de indemnización, pero sí finiquito

El despido disciplinario se basa en un incumplimiento grave y culpable del trabajador: faltas repetidas de asistencia o puntualidad, indisciplina, ofensas, transgresión de la buena fe contractual, embriaguez habitual o acoso. Si el juez lo declara procedente, no hay indemnización alguna.

0 días de indemnización, pero conservas íntegro el finiquito: días trabajados del último mes, parte proporcional de las pagas extra y vacaciones no disfrutadas. Arts. 54 y 55 del Estatuto de los Trabajadores.

Es el tipo de despido que más se impugna, precisamente porque la empresa tiene que probar los hechos y su gravedad. Si no lo consigue, pasa a ser improcedente, con 33 días por año.

Calcular mi finiquito disciplinario ↑

Fin de contrato temporal: 12 días por año trabajado

Cuando termina un contrato temporal por llegar a su fin, no hay despido, pero sí hay una indemnización de fin de contrato, además del finiquito habitual.

12 días de salario por año trabajado. Art. 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores.

Importante: los contratos formativos (en alternancia y para la obtención de práctica profesional) y los contratos de sustitución —la antigua interinidad— no generan esta indemnización. Si tu contrato era de esos, marca el resultado de indemnización como cero.

Si el contrato temporal era fraudulento (sin causa real que lo justifique), la relación se considera indefinida y su extinción puede ser un despido improcedente de 33 días por año.

Calcular mi fin de contrato ↑

Baja voluntaria: cuánto me corresponde de finiquito si me voy yo

Si eres tú quien deja el trabajo, no hay indemnización, pero la empresa sigue debiéndote todo lo que has ganado y aún no has cobrado. Debes preavisar con los días que marque tu convenio (habitualmente 15); si no lo haces, la empresa puede descontarte del finiquito los días de preaviso incumplidos.

0 días de indemnización y finiquito completo. Art. 49.1.d) del Estatuto de los Trabajadores.

Ten en cuenta que la baja voluntaria tampoco da derecho a la prestación por desempleo.

Calcular mi finiquito por baja voluntaria ↑

Plazos: tienes 20 días hábiles para reclamar

20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido

Si crees que tu despido puede ser improcedente o que la cantidad no es correcta, tienes 20 días hábiles para reclamar. No cuentan sábados, domingos ni festivos, así que en la práctica son algo menos de un mes natural. Es un plazo de caducidad: si se pasa, el derecho se pierde y ya no hay marcha atrás.

  1. Papeleta de conciliación. Antes de demandar hay que presentar una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de tu comunidad autónoma (SMAC, UMAC, CMAC… según el territorio). Presentarla suspende el plazo, que se reanuda tras el acto de conciliación.
  2. Acto de conciliación. Empresa y trabajador se reúnen para intentar un acuerdo. Si hay acuerdo, se firma y tiene fuerza ejecutiva. Si no, se emite el certificado de «sin avenencia» o «intentado sin efecto».
  3. Demanda ante el Juzgado de lo Social. Con el certificado se presenta la demanda dentro de los días hábiles que quedaran del plazo.

Firmar el finiquito no siempre te cierra la puerta: si añades a mano «no conforme» junto a tu firma antes de firmar, dejas constancia de que no aceptas la cantidad ni el despido. Y para reclamar cantidades pendientes (no el despido en sí) el plazo es más amplio: un año.

Preguntas frecuentes sobre el finiquito y la indemnización

¿Qué es exactamente el finiquito?

El finiquito es la liquidación de lo que ya has ganado y todavía no has cobrado cuando termina tu contrato. Se cobra siempre, sea cual sea el motivo de la salida: despido, fin de contrato o baja voluntaria. Incluye tres cosas:

  • Los días trabajados del último mes que aún no se te han pagado en nómina.
  • La parte proporcional de las pagas extra generadas y no cobradas (si las tienes prorrateadas, ya las has ido cobrando cada mes).
  • Las vacaciones generadas y no disfrutadas, pagadas en dinero.

Puede incluir además otros conceptos según tu caso: horas extra pendientes, comisiones, o descuentos por preaviso no cumplido o vacaciones disfrutadas de más.

¿Cuál es la diferencia entre finiquito e indemnización?

Es la confusión más habitual, y la diferencia es sencilla:

  • El finiquito es dinero que ya has ganado trabajando y que la empresa te debe. Se paga siempre, incluso si te vas voluntariamente o si te despiden por causas disciplinarias.
  • La indemnización compensa la pérdida del empleo. Solo se paga en ciertos supuestos: 20 días por año en el despido objetivo, 33 (o 45 antes de 2012) en el improcedente y 12 en el fin de contrato temporal.

Por eso esta calculadora te los muestra por separado y luego los suma: son dos derechos distintos, con reglas distintas y con una fiscalidad distinta.

¿Hay que pagar impuestos por el finiquito o la indemnización?

Se tratan de forma muy diferente:

  • La indemnización obligatoria por despido está exenta de IRPF hasta 180.000 €, según el artículo 7.e) de la Ley 35/2006 del IRPF. Lo que exceda de esa cantidad tributa como rendimiento del trabajo (con una posible reducción por irregularidad si el trabajo se generó en más de dos años).
  • El finiquito no está exento. Tributa íntegramente como salario, con su retención de IRPF, y cotiza a la Seguridad Social.

Ojo: la exención solo cubre la indemnización obligatoria por ley. Si pactas una salida por acuerdo mutuo o cobras por encima de lo que marca el Estatuto, esa parte pactada de más normalmente sí tributa.

¿Qué hago si no estoy de acuerdo con la cantidad que me ofrecen?

Tres cosas, por orden:

  1. No firmes en blanco y pide una copia del desglose. Tienes derecho a saber cómo han calculado cada concepto y a que un representante de los trabajadores esté presente en la firma.
  2. Si firmas, escribe a mano «no conforme» justo antes de tu firma. Así puedes cobrar lo que te ofrecen y seguir reclamando el resto.
  3. Reclama dentro de plazo. Para impugnar el despido, 20 días hábiles con papeleta de conciliación previa. Para reclamar solo cantidades, un año.

En cualquiera de estos pasos, que un graduado social o un abogado laboralista revise tu carta de despido y tu nómina suele salir a cuenta: muchos errores de cálculo están en el salario regulador o en la antigüedad reconocida.

¿Qué pasa con las vacaciones que no he disfrutado?

Las vacaciones generadas y no disfrutadas se pagan en dinero dentro del finiquito, a razón de tu salario diario. Además, esos días cotizan a la Seguridad Social: se prolonga tu situación de alta el número de días de vacaciones pagados, lo que retrasa el inicio del paro pero también suma cotización.

Si ocurre al revés y has disfrutado más vacaciones de las que te correspondían por el tiempo trabajado en el año, la empresa puede descontarte la diferencia del finiquito.

La regla general son 30 días naturales al año (unos 2,5 por mes trabajado), pero tu convenio puede mejorarla.

¿Cómo se calcula el salario diario que usa la calculadora?

La indemnización no se calcula sobre el salario base, sino sobre el salario regulador: el salario bruto anual con la prorrata de las pagas extra incluida, dividido entre 365 días.

Ese salario debe incluir todos los conceptos salariales que cobras de forma habitual: complementos, plus de convenio, comisiones medias, salario en especie… Lo que no se incluye son los conceptos extrasalariales (dietas, kilometraje, indemnizaciones por gastos).

Si tu salario varió mucho el último año, o si tienes retribución variable, lo normal es tomar la media del último año trabajado. En esos casos, contrasta el resultado con un profesional.

¿Cuándo tienen que pagarme el finiquito?

El finiquito debe ponerse a tu disposición en el momento de la extinción del contrato, junto con la comunicación. En el despido objetivo, además, la indemnización de 20 días debe estar disponible simultáneamente a la entrega de la carta (salvo que la empresa acredite falta de liquidez por causas económicas).

Si se retrasa, puedes reclamar la cantidad y, en su caso, el interés por mora del 10 % anual previsto para las deudas salariales.